miércoles, 2 de marzo de 2011

Seguros de Vida

Hola! Un día más aquí estoy con vosotros para explicaros temas relacionados con el mundo financiero. Hoy hablaremos sobre los Seguros de Vida.

Antes de empezar, tendremos que saber primero lo que es un Seguro. Un Seguro es una cobertura sobre un riesgo que debe ser incierto. posible, aleatorio, independiente a la voluntad de las personas y que tenga consecuencias económicas. Estos riesgos pueden ser:

- Personales: que afectan a las personas.
- Materiales: que afectan a las cosas.
- Patrimoniales: que afectan al patrimonio, responsabilidad civil, crédito, etc.

Los Seguros de vida, lógicamente, están encuadrados dentro de los personales.


En general, el seguro es un contrato por el cual el asegurador se obliga a través del cobro de una prima a indemnizar al asegurado un daño producido. Las características de este contrato son:

- Es un contrato nominado reglamentado por ley.
- Es un contrato de adhesión: El asegurador es el que fija los términos.
- Es un contrato bilateral, ya que tanto el asegurado como el asegurador se obligan a algo.
- Es un contrato oneroso; es decir, que para que uno gane, el otro tiene que perder.
- Es un contrato aleatorio, lo que quiere decir que las partes dependen de una eventualidad.

Los elementos que forman el contrato de seguro son:

   Elementos personales:
- Asegurador: Es la Empresa Jurídica que acepta el riesgo (Compañía Aseguradora).
- Tomador del seguro: Persona con capacidad para suscribir el contrato.
- Asegurado: Es el que "sufre" el riesgo.
- Beneficiario: Persona designada para percibir la indemnización (el que cobra).

   Elementos reales:
- La Prima: Importe que determina la compañía aseguradora, como pago a la prestación pactada.
  Clases de Prima: Prima pura, Prima inventario, Prima neta y Prima total.
- La presentación: Pago o servicio de obligado cumplimiento pactado en el seguro.
- La suma asegurada: Valor que se atribuye al bien o a la persona a efectos del seguro.

   Elementos formales:
- Solicitud de seguro: Es un documento donde se solicita el seguro, que no obliga ni vincula a nadie.
- Proposición de seguro: Lo emite la Compañía Aseguradora donde se detallan las coberturas y los precios.
- La Póliza: Documento en el que se formaliza el seguro y vincula a ambas partes (el asegurado y el asegurador). Está compuesta por condiciones generales y particulares.

EL SEGURO DE VIDA
Después de esta "pequeña" introducción sobre los seguros, que es imprescindible para saber de lo que estamos hablando, nos centraremos en los Seguros de Vida, que están regulados por la Ley financiera 44/92 que modifica el artículo 83 de la Ley de contrato de seguro y establece que el seguro de vida obliga al asegurador mediante el cobro de una prima acordada a pagar al beneficiario una renta, un capital u otras prestaciones. 
En otras palabras, es un contrato por el cual el asegurador te paga una determinada cantidad de dinero si previamente tú le has pagado los recibos del seguro y ocurre aquello que se ha cubierto: fallecimiento, invalidez, accidente, etc.




Tipos de Seguros de vida
- Seguros de riesgo: Los que pagan un capital por fallecimiento del asegurado. Pueden ser temporales renovables o de vida entera.
    *Seguros de amortización: Sirven de garantía de un préstamo hipotecario o de consumo para el pago de sus cuotas.
    *Seguros a término fijo: Modalidad de seguro de vida que no paga sólo por el fallecimiento del asegurado, sino también a una fecha determinada en el contrato.


- Seguros de ahorro o supervivencia: Se paga al beneficiario si el asegurado vive al vencimiento del seguro. En estos casos, el beneficiario y el asegurado suelen ser la misma persona.
    *Seguro de inversión: Se aporta una prima única y la aseguradora garantiza una rentabilidad. (Ejemplo: tú das 10.000 € y la compañía te paga el 3,5% de interés).
    *Seguro de renta: Garantizan una pensión o renta al asegurado en el momento del vencimiento establecido.


- Seguros mixtos: Es una combinación de los seguros de riesgo con los de supervivencia.

En todos los tipos de seguros se pueden establecer coberturas complementarias, como por ejemplo pagar el doble de capital en caso de accidente, o el triple si es por accidente de circulación, o por enfermedad grave, etc.

Para saber cuánto se puede cubrir o pagar por un seguro de vida, las aseguradoras suelen recurrir a las estadísticas, porque con ellas saben con que frecuencia puede ocurrir cada incidencia.


Dicen que los Seguros de vida no son para los que mueren, sino para los que quedan vivos

Bibliografía: Curso de formación Banca-Seguros Caja Madrid.

Con esto, espero que os hayan quedado más claros estos conceptos de cara a la posible contratación de un seguro de vida.

Hasta la próxima!
Un saludo :)

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